La Alcaldía Municipal de Ibagué, como estrategia de reactivación de la economía, por medio del presente formulario y en el marco de lo establecido por el gobierno nacional en la Resolución 666 de 2020, la Resolución 675 de 2020 y la Resolución No. 682 de 2020 expedidas por el Ministerio de Salud, el decreto 593 del 24 de abril de 2020 del Ministerio del Interior, solicita a las empresas habilitadas para retomar sus actividades, que registren los siguientes datos, a efectos de poder realizar ejercicio de control y tomar decisiones de ciudad respecto a las medidas de contención y prevención del contagio por COVID 19.
En este formulario se pueden registrar los siguientes tipos de empresa entre otros:
  • * Concreteras
  • * Ferreterias
  • * Otros insumos para construcción
  • * Fabricación de muebles, colchones y somieres
  • * Fabricación de vehículos automotores, remolques y semirremolques
  • * Fabricación productos informáticos, electrónicos y ópticos
  • * Fabricación maquinaria y equipo
  • * Mantenimiento y reparación de vehículos automotores
  • * Mantenimiento y reparación de equipos de tecnología e informáticos
  • * Comercio al por menor y por mayor de vehículos incluidos piezas partes y accesorios
  • * Comercio al por mayor de muebles y enseres domésticos incluidas prendas de vestir
  • * Comercio al por menor de productos para mascotas
  • * Comercio al por menor de construcción artículos de ferretería cerrajería vidrio y pintura en establecimientos especializados
  • * Comercio al por mayor de maquinaria y equipo
  • * Comercio al por menor de productos de limpieza y mantenimiento para automotores (combustibles lubricantes y aditivos)
  • * Comercio al por menor de libros periódicos artículos de papelería y escritorio
  • * Servicios de lavandería a domicilio
  • * Servicios de mantenimiento vehicular artefactos embarcaciones maquinaria agrícola y pesquera